LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS EN LOS CONTRATOS DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

debate Juridico

Katerine Valeria Reyes Cevallos – RevistaNJ 145

En el año 2013, mediante un trabajo de investigación de campo plasmé la realidad que muchos ecuatorianos atravesaron en España a causa de la crisis inmobiliaria. Miles de personas se enfrentaron a los conocidos desahucios, despojándoles de su vivienda, atados a una deuda imposible de pagar. Hoy por hoy el Estado español ha podido sobrellevar y actuar implementando mecanismos de control como los que planteé tiempo atrás. Pues reformó el ordenamiento jurídico interno considerando y trasponiendo normativa europea (Directiva 93/13/CEE), además de la influencia de mucha jurisprudencia (TJUE) y enriquecida doctrina.

Sin embargo de ello se desprenden nuevos conflictos acarreados por los préstamos hipotecarios adquiridos y futuros, denotando en la actualidad la necesidad de proteger a los consumidores frente a las posibles cláusulas abusivas en sus préstamos hipotecarios. Esto influencia el regular las leyes en virtud de salvaguardar los intereses, obligaciones y derechos de las partes al momento de suscribir contratos de préstamos hipotecarios para adquisición de una vivienda habitual.

El presente tema refleja un interés social y alarma jurídica tal como lo reflejan las múltiples resoluciones y acciones de nulidad planteadas en Tribunales sobre cláusulas abusivas. Progresivamente a consecuencia de descubrir la imposición unilateral de este tipo de cláusulas por parte de entidades financieras, el legislador nuevamente busca soluciones y opta por definir vías de reparación de la violación de los derechos como consumidores y usuarios. Tal como lo exponen la Ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, entre otras.

Basados en la buena fe y en las condiciones de libre contratación, la transparencia, y la información son elementos que deben brindar a los consumidores referentes al contenido de una escritura de préstamo hipotecario un contenido legítimo, claro y real; sin dejar de lado la labor de todos los órganos estatales, profesionales y juristas llamados a sancionar las prácticas realizadas fuera del marco de la ley y abolir en la práctica la imposición de cláusulas ocultas.

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